problemas legales de no realizar la revisión de gas
En primer lugar deberemos de entender cual es la normativa inscrita a la obligación de realizar la revisión anual de gas. Esta normativa se denomina como Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios, o como se conoce comúnmente RITE, y se define como el conjunto de normas que regulan el control y revisión de las calderas en España.
Aunque lo común es que se deba de realizar anualmente dicha revisión, el RITE nos dice que la revisión de gas deberá de realizarse con una periodicidad de 2 años si es una caldera o en 5 años si hablamos de un calentador de agua.
Ahora bien, pasemos al groso del asunto. Existen varios tipos de sanciones dependiendo de si estas son impuestas por el estado o son impuestos por la empresa distribuidora de tu hogar. A continuación te explicaremos cada una de ellas, pero en resumen las sanciones pueden ir desde interrupción en el suministro como sanciones monetarias.
Comencemos con los problemas o sanciones que pueden ir relacionados con tu distribuidora de energía. En caso de no realizar la revisión obligatoria de la caldera, la distribuidora posee la factultad de cortar el suministro hasta tu hogar. ¿Por qué realizan esta sanción? Esto es debido a que al no tener constancia del estado de tu caldera, si está ya es antigua o posee un historial de problemas o daños, puede suponer un peligro para el suministro y seguridad del resto de viviendas o empresa conectadas a la red de gas. Por lo que estás acciones son realizadas por la distribuidora con el objetivo de mantener la seguridad para el resto de convivientes.
Llegamos a las sanciones monetarias que son impuestas por el organismo público pertinente, en este caso la Ley de la Industria de 1992. En esta normativa se recogen hasta 3 tipos de infracciones ordenadas por el nivel de gravedad a la seguridad que posea potencialmente. Según los datos registrados en el BOE actualmente, la categorización de la gravedad de las infracciones quedarían como:
- Infracciones leves: Sanción monetaria o multa hasta 60.000€
- Infracciones graves: La multa monetaria podría ascender hasta los 6.000.000€
- Infracciones muy graves: Sería el peor escenario donde la seguridad peligra de forma extrema tanto para el culpable como para el resto de la sociedad, ascendiendo hasta los 100.000.000€
Tranquilo, sabemos que ahora mismo estarás pensando en que no quieres que una de estas desorbitadas multas te lleguen, por lo que te vamos a explicar un poco estas infracciones. Una falta leve según el artículo 36 de la Ley de la Industria de 1992 es considerada como una conservación y mantenimiento inadecuados de las instalaciones siempre y cuando no constituya un peligro real e inminente para la sociedad.
Sin embargo, la gravedad será dictada por el perito del Estado que revise la instalación de gas en el momento de registrar la infracción. Además de tener la obligación de pagar la multa impuesta, se deberá de subsanar el fallo en la mayor brevedad posible. NO debes de prolongar el tiempo de reparación del equipo ya que la falta de subsanación en el plazo y cumplimentando las revisiones obligatorias conllevará nuevas sanciones adicionalmente de la sanción anteriormente impuesta.